jueves, 30 de marzo de 2023

Registro contable del IVA

 El IVA o Impuesto sobre el Valor Agregado, es un impuesto indirecto que grava el consumo final de productos y servicios en nuestro país (existe en varias partes del mundo)

Características generales

  • Tasa general del 16% (8% estímulo en la región fronteriza norte)
  • Lo paga quien consume o adquiere
  • Lo cobra quien cobra el producto o servicio
  • Quien lo paga tiene derecho a disminuirlo del IVA que cobra en sus ingresos (acreditamiento)
  • Quien lo cobra tiene la obligación de pagárselo a la autoridad mediante declaración.

El tema del IVA es bastante amplío que se necesaria todo un semestre completo, ya que debemos considerar actividades que la ley considera como exentas, proporciones de acreditamiento, definición de enajenación, servicio o arrendamiento; así que diremos que en términos generales podemos tomar como ejemplo el siguiente:

Realizamos la compra de material de papelería y en la factura vemos los siguientes datos: Importe $ 800.00, IVA (16%) 128.00 y Total a pagar $ 928.00

De la operación anterior podemos claramente identificar:

  • Valor de los actos o actividades $ 800.00
  • IVA (16%) 128.00
  • Total 928.00

Si eres tu quien vende, esos 128.00 es IVA que se conoce como IVA trasladado (tus clientes te lo trasladaron a ti).

Si la declaración fuera en ese mismo instante el monto a pagar por este impuesto sería de 128.00.

Por otro lado, tienes gastos y adquieres bienes para realizar tu actividad lo que significa que en esos casos pagas IVA y este es acreditable VS el que cobras al vender o prestar un servicio.

Entonces, supongamos que en el mes has realizado el pago de papelería el cual, según la factura reporta lo siguiente:

  • Importe 500.00
  • IVA (16%) 80.00
  • Total 580.00

Esos $80.00 disminuyen el valor de los 128.00 que resultaron de un ingreso derivado de tu actividad, y por lo tanto en lugar de pagar esta cantidad, pagarías la diferencia (48.00)

  • IVA trasladado 128.00
  • IVA acreditable 80.00
  • IVA por pagar 48.00

Esto nos trae el siguiente planteamiento:

  • IVA que cobras al realizar tu actividad → Obligación (Pasivo)
  • IVA que pagas al realizar tu actividad → Derecho (Activo)
  • IVA trasladado > IVA acreditable = IVA por pagar → Obligación (Pasivo)
  • IVA trasladado < IVA acreditable = IVA a favor → Derecho (Activo)


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